Abogado de Visas E en Houston
Las visas E están disponibles para ciudadanos de países con tratados de comercio e inversión con los EE.UU. La visa E-1 es para comerciantes por tratado y la E-2 para inversionistas por tratado. México cuenta con tratado para la visa E.
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Visa E-1 Comerciante por Tratado
Requiere que el solicitante sea ciudadano de un país con tratado, que realice un volumen sustancial de comercio con los EE.UU., y que más del 50% del comercio sea con el país del tratado. El comercio puede incluir bienes, servicios o tecnología.
Visa E-2 Inversionista por Tratado
Requiere una inversión sustancial y real en una empresa en los EE.UU. No hay un monto mínimo fijo, pero debe ser suficiente para operar el negocio. El inversionista debe tener control de la inversión y la empresa debe generar más que solo sustento para el inversionista.
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Para evaluar su elegibilidad para una visa E, llame a Vega & Associates al (281) 820-0492.
¿Qué Son las Visas E para Comerciantes e Inversionistas?
Las visas E permiten a ciudadanos de países con tratados de comercio o de navegación con Estados Unidos trabajar temporalmente como comerciantes (E-1) o inversionistas (E-2). Texas, y especialmente Houston, alberga una vibrante comunidad empresarial latinoamericana con ciudadanos de México, Colombia, Chile, Perú, España y otros países con tratado. En Vega & Associates asesoramos a empresarios latinoamericanos en la obtención y mantenimiento de estas visas de negocios.
Visa E-1 — Comerciante por Tratado
Permite a ciudadanos de países con tratados de comercio con EE.UU. entrar para desarrollar comercio sustancial, principalmente entre su país y EE.UU.
Requisitos principales E-1:
- Ser ciudadano de un país con tratado de comercio con EE.UU. (México, Colombia, España, Chile, entre otros)
- La empresa debe ser del mismo país del tratado (al menos 50% de propiedad de nacionales del país)
- Comercio “sustancial” — transacciones frecuentes y numerosas, no necesariamente en dólares
- Más del 50% del comercio de la empresa debe ser entre EE.UU. y el país del tratado
- El solicitante debe tener un rol ejecutivo, de supervisión o con habilidades esenciales
Visa E-2 — Inversionista por Tratado
Permite a ciudadanos de países con tratados de inversión entrar para desarrollar y dirigir una empresa en la que han realizado una inversión sustancial.
Requisitos principales E-2:
- Ser ciudadano de un país con tratado de inversión con EE.UU. (México, Colombia, España, Argentina, entre otros)
- Haber realizado o estar en proceso de realizar una inversión “sustancial” — no hay monto mínimo fijo, pero generalmente $100,000+ es más seguro; inversiones menores deben representar un porcentaje muy alto del costo del negocio
- La inversión debe estar “en riesgo” (invertida o irrevocablemente comprometida)
- El negocio debe ser real y operativo, no una empresa marginal
- El inversionista debe poseer al menos el 50% del negocio y tener control sobre él
- El negocio debe generar más ingresos que los necesarios para sostener solo al inversionista y su familia
Diferencias Clave entre E-2 y EB-5
| Característica | E-2 | EB-5 |
|---|---|---|
| Resultado | Visa temporal (renovable) | Residencia permanente |
| Inversión mínima | No hay mínimo fijo (~$100K+) | $800K o $1.05M |
| Empleos requeridos | No fijo; debe no ser marginal | 10 empleos directos |
| Tiempo de proceso | Semanas a meses | Varios años |
Duración y Renovaciones de Visas E
Las visas E generalmente se otorgan por 5 años (con entradas múltiples) y pueden renovarse indefinidamente siempre que el negocio y el inversionista continúen cumpliendo los requisitos. Cada entrada permite una estadía de 2 años.
Empleados de Empresas E
Las empresas con visa E pueden traer a empleados nacionales del mismo país del tratado que sean ejecutivos, supervisores o que tengan habilidades esenciales que no están disponibles en el mercado laboral americano. Estos empleados obtienen visa E-1 o E-2 como dependientes de la empresa.
Preguntas Frecuentes
¿La visa E-2 lleva a la residencia permanente?
No directamente. La E-2 es una visa temporal no inmigrante y no crea un camino directo hacia la green card. Sin embargo, los inversionistas E-2 pueden buscar la residencia por otras vías (EB-5, EB-1, EB-2) simultáneamente con la ayuda de un abogado que maneje el tema de “preconceived intent”.
¿Mi familia puede trabajar con visa E?
Su cónyuge (E-1S o E-2S) puede obtener autorización de trabajo. Sus hijos menores de 21 años pueden vivir en EE.UU. pero no trabajar automáticamente.
¿Quiere Invertir o Comerciar en EE.UU.?
Nuestros abogados en Houston evalúan su elegibilidad para las visas E-1 y E-2 y le guían en estructurar su negocio para maximizar las probabilidades de aprobación. Llame hoy.
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